Demanda en materia civil
Demanda
La demanda. Acto de procedimiento, oral o escrito, que materializa un poder jurídico (la acción), un derecho real o ilusorio (la pretensión) y una petición del actor como correspondiente a ese contrato.
Requisitos de la demanda.
Demandas por herencia.
Demandas relativas a la intimidad.
Demandas para protección de tenencia.
Demandas sobre violencia de género.
Demandas para recuperar una posesión.
Demandas por daños y perjuicios.
Demandas relativas a derechos honoríficos de la persona.
Demandas en materia de competencia desleal.
Demandas sobre arrendamientos urbanos.
Demandas solicitando alimentos debidos por disposición legal.
Demandas relativas a la imagen de la persona.
Demandas por discriminación.
Demandas sobre violencia familiar.
Demandas por incumplimiento de contrato.
Demandas por divorcios.
Demandas pretendiendo una rectificación de hechos inexactos.
Demandas para la suspensión de una obra.
La demanda. Acto de procedimiento, oral o escrito, que materializa un poder jurídico (la acción), un derecho real o ilusorio (la pretensión) y una petición del actor como correspondiente a ese contrato.
Requisitos de la demanda.
Requisitos substanciales de la demanda:
¿Quién puede demandar? Sólo la persona que tenga capacidad procesal.
Se dijo ya, que, la demanda materializa la pretensión. O sea, la demanda es el transporte de la pretensión. Ambos-la demanda y la pretensión-deben cumplir con ciertas reglas.
La demanda debe ser por escrito, en castellano y contener el juez, la suma, la personalidad del actor y del demandado, el “petitum”, las firmas del abogado y del interesado (CPC, 327). Si no cumple, con esto requisitos, es rechazado “ad limine”, de entrada. Aquí hablamos de admisibilidad no de su procedencia.
La pretensión también cumple reglas subjetivas (capacidad, legitimación, etc., CPC, 336 incs., 1 al 6) y reglas objetivas (por ejemplo si la pretensión esta tutelado por la ley positiva). Si no cumple con estas reglas subjetivas es declarada improcedente, aunque haya sido admitida.
Requisito formales de la demanda:
La demanda debe contener:
Juez O tribunal. Por ejemplo, SEÑOR JUEZ INSTRUCTOR DE TURNO EN LO CIVIL
Suma. Por ejemplo, "Desalojo"
Nombre y domicilio real del actor.
Nombre y domicilio real del demandado
Cosa demandada. Por ejemplo, pago de cinco mil 00/100 Dólares americanos ($US 5.000.-)
Hechos. Por ejemplo, "por haber entregado 10 televisores de 40 pulgadas marca SONY en fecha 10 de febrero de 1999 en calidad de compraventa a crédito, que hasta ahora no me pagó".
El derecho. Por ejemplo, " por lo que en base al Art.- 961 del código Civil y los Arts. 486 y 487 inc. 2 del Código de Procedimiento Civil."
Petición. Por ejemplo, " exijo el pago inmediato de todo lo adeudado, mas daños y perjuicios y solicito a su autoridad declare probada mi demanda y el embargo del bien inmueble descrito en el otrosí siguiente."
Domicilio legal del actor.
Fecha
Rubrica y sello del abogado.
Rubrica y firma del actor.
Demanda civil
Una demanda es un tipo de demanda que presenta un particular, y que tiene por objeto exigir el reconocimiento de derechos establecidos legalmente o la declaración de derechos subjetivos, así como también la reparación de daños derivados de la vulneración de los derechos.
La importancia del código civil adquiere un carácter fundamental en el caso de las demandas civiles, pues exactamente lo dispuesto en ese código es lo que atañe a esta clase de demandas: cuando se trate de acciones reguladas por el código penal, será el fuero penal el encargado de tomar la demanda.
tipos de demandas civiles:
Sentencia que declare nulo un acto.
acto de nulidad:
La nulidad puede resultar de la falta de las condiciones necesarias y relativas, sea a las cualidades personales de las partes, sea la esencia del acto; lo cual comprende sobre todo la existencia de la voluntad y la observancia de las formas prescritas para el acto. Puede resultar también de una ley.
una situación genérica de invalidez del acto jurídico, que provoca que una norma, acto jurídico o acto procesall deje de desplegar sus efectos jurídicos, retrotrayéndose al momento de su celebración. Para que una norma o acto sean nulos se requiere de una declaración de nulidad, expresa o tácita y que el vicio que lo afecta sea coexistente a la celebración del mismo.
Tiene por fundamento, proteger intereses que resultan vulnerados por no cumplirse las prescripciones legales al celebrarse un acto jurídico o dictarse una norma. acto administrativo o judicial.
Las prescripciones
es un instituto jurídico por el cual el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de los derechos o la adquisición de las cosas ajenas. En el Derecho anglosajón se le conoce como statute of limitations.
Muchas veces la utilización de la palabra prescripción en Derecho no se limita a la acepción de prescripción extintiva o liberatoria, mediante la cual no se pierde el derecho de ejercer una acción por el transcurso del tiempo.
"El tiempo lleva a la consolidación de ciertos derechos o a la pérdida de los mismos".
Tipos de prescripciones:
•La prescripción adquisitiva es un modo en el cual puedes adquirir cosas ajenas por haberlas poseído durante un periodo de tiempo y por que se han cumplido ciertos requisitos legales.
Tipos de prescripciones:
•La prescripción adquisitiva es un modo en el cual puedes adquirir cosas ajenas por haberlas poseído durante un periodo de tiempo y por que se han cumplido ciertos requisitos legales.
•la prescripción extintiva es aquella en que se extinguen acciones o derechos porque no los has ejercido y además deben cumplirse ciertos requisitos legales.
Para que puedas adquirir un determinado bien al prescribir debes asegurarte que se suplan los siguientes requisitos:
Que la cosa se pueda adquirir por esta prescripción (que sea corporal o incorporal).Que poseas la cosa.
Que haya transcurrido el tiempo establecido.Que el dueño esté inactivo.
Por el contrario, si quieres saber si se ha extinguido una acción o derecho deberás revisar lo siguiente:
Que la acción pueda prescribir.
Que haya inactividad.
Que haya transcurrido el tiempo.
Acceder a la justicia legalmente.
El acceso a la justicia, derecho reconocido constitucionalmente en nuestro entorno, se encuentra hoy en día nuevamente en el centro del debate, por efecto de su reconocimiento como un derecho humano de tercera generación. Este derecho tiende a aliviar una de las expresiones más dramáticas de la pobreza, la «pobreza legal» producto de la ignorantia iuris de amplios sectores de la ciudadanía, que les impide hacer uso material de la ley y de sus instituciones. Este derecho exige, en su concreción, que no sólo se proporcione una asistencia judicial que garantice un debido proceso por la vía de la igualdad de las partes en el ejercicio de sus derechos, sino que además se entregue un servicio formativo e informativo que permita al cliente adquirir el conocimiento jurídico necesario para comprender el alcance de sus derechos.
Para que puedas adquirir un determinado bien al prescribir debes asegurarte que se suplan los siguientes requisitos:
Que la cosa se pueda adquirir por esta prescripción (que sea corporal o incorporal).Que poseas la cosa.
Que haya transcurrido el tiempo establecido.Que el dueño esté inactivo.
Por el contrario, si quieres saber si se ha extinguido una acción o derecho deberás revisar lo siguiente:
Que la acción pueda prescribir.
Que haya inactividad.
Que haya transcurrido el tiempo.
Acceder a la justicia legalmente.
El acceso a la justicia, derecho reconocido constitucionalmente en nuestro entorno, se encuentra hoy en día nuevamente en el centro del debate, por efecto de su reconocimiento como un derecho humano de tercera generación. Este derecho tiende a aliviar una de las expresiones más dramáticas de la pobreza, la «pobreza legal» producto de la ignorantia iuris de amplios sectores de la ciudadanía, que les impide hacer uso material de la ley y de sus instituciones. Este derecho exige, en su concreción, que no sólo se proporcione una asistencia judicial que garantice un debido proceso por la vía de la igualdad de las partes en el ejercicio de sus derechos, sino que además se entregue un servicio formativo e informativo que permita al cliente adquirir el conocimiento jurídico necesario para comprender el alcance de sus derechos.
Una querella
La querella constituye un acto procesal dirigido al juez de instrucción competente por el que una persona realiza una declaración de conocimiento de la comisión de un hecho que presenta caracteres de delito.
Una sentencia final
Es aquella que pone fin al proceso, mediante un juicio o fallo del juez que decide sobre el litigio. Por medio de la sentencia, el juez crea una norma individual (lex specialis_) que constituye una nueva fuente reguladora de la situación jurídica controvertida en el proceso, y que, como manifestacióntrascendente que es del ejercicio de la función jurisdiccional, debe ser acatada por las partes y respetada por los terceros.
La querella constituye un acto procesal dirigido al juez de instrucción competente por el que una persona realiza una declaración de conocimiento de la comisión de un hecho que presenta caracteres de delito.
Una sentencia final
Es aquella que pone fin al proceso, mediante un juicio o fallo del juez que decide sobre el litigio. Por medio de la sentencia, el juez crea una norma individual (lex specialis_) que constituye una nueva fuente reguladora de la situación jurídica controvertida en el proceso, y que, como manifestacióntrascendente que es del ejercicio de la función jurisdiccional, debe ser acatada por las partes y respetada por los terceros.
Comentarios
Publicar un comentario